PARA IMPARTIR EDUCACION FÍSICA NO VALE CUALQUIER TITULACION

PARA IMPARTIR EDUCACION FÍSICA NO VALE CUALQUIER TITULACION

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En los últimos años el COLEF Galicia ha recurrido numerosas convocatorias en Galicia en las que diferentes Administraciones Públicas no cumplen con los mínimos normativos hacia los profesionales de la Educación Física y el Deporte. Ya se han obtenido varias sentencias favorables, pero la que se expone a continuación tiene especial relevancia.

El 20 de noviembre de 2019, la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional aprobó una Orden que daba publicidad al acceso a las listas de interinidades y substituciones a los cuerpos de maestros/as y profesores/as de enseñanza secundaria. El COLEF Galicia la reclamó porque se permitía que, sin la capacitación adecuada, desde las titulaciones de Ciencias de la Danza, Gestión Deportiva o Medicina Deportiva, se pudiera acceder a la docencia en Educación Física. A pesar de ello, la Consellería lo rechazó, y se decidió reclamarlo judicialmente. Después de un proceso de dos años, el 14 de junio de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dictó sentencia firme a favor del COLEF Galicia (Sentencia 256/2022 TSX Galicia CA-S.1), condenando a la Consellería a excluir las mencionadas titulaciones.

Históricamente la materia de la Educación Física ha recibido muchos ataques y desprecios, pero se ha conseguido avanzar mucho. La docencia en Educación Física se fundamenta en una sólida formación a través de profesionales comprometidos, por eso se necesita que la propia Administración Pública lo materialice correctamente, y exija la titulación adecuada, por normativa por competencias, por seguridad, y a partir de hoy, si esto no fuese suficiente, también por jurisprudencia.

A pesar de que no existe todavía una reserva de actividad para nuestra profesión, esta sentencia reconoce importantes cuestiones que se estaban poniendo en duda, y que se pueden extrapolar al resto de Comunidades Autónomas. Por una parte, que: 1) El Colegio Profesional tiene total legitimación para defender la Educación Física; 2) Que no puede considerarse que para la enseñanza de la Educación Física la titulación sea indiferente; y 3) Que no se pueden aceptar titulaciones aparentemente similares, presumiéndoles unas capacidades, para impartir Educación Física en Educación Primaria, Educación Secundaria o Bachillerato. Por tanto, para la docencia en Educación Física no vale cualquier titulación, y se ha de admitir únicamente aquella que cumpla todos los requisitos en cada etapa educativa.

"Deseamos que se tome buena nota desde la educación, pero también desde el resto de ámbitos que alcanza el deporte, pues refuerza la necesidad de proteger a la ciudadanía frente a la falta de competencias y el intrusismo, de menor o mayor gravedad, que ponen en riesgo la salud de las personas.

Sirva el ímprobo esfuerzo realizado desde nuestro colegio profesional para continuar reclamando un reconocimiento justo, y refrendar a través de esta sentencia, los avances que se están produciendo en favor de una regulación profesional adecuada a la sociedad del Siglo XXI." (COLEF Galicia)

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