PROCESOS ELECTORALES EN LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS

PROCESOS ELECTORALES EN LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ESPAÑOLAS
 

En el Boletín Oficial del Estado, núm. 24, del sábado 27 de enero de 2024, se ha publicado la Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

La presente Orden mantiene la estructura de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, preservando la sistemática de la regulación anterior e introduciendo las oportunas modificaciones al articulado allí donde se estima necesario.

En este sentido, es preciso impulsar cambios en los procesos de elección de los órganos de gobierno de las federaciones deportivas españolas con los siguientes objetivos.

En primer lugar, adaptar el periodo de celebración de elecciones coincidiendo con la celebración de los correspondientes Juegos Olímpicos.

Además, es preciso adaptar la regulación de aquellos que tienen la consideración de electores y elegibles conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del deporte.

Otra de las modificaciones introducidas tiene como finalidad ajustar la proporcionalidad de la composición de las asambleas generales a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, así como a la posibilidad de que exista más de una competición profesional en una federación deportiva española.

También se pretende mejorar e intensificar la participación de las personas con discapacidad en los procesos electorales de las federaciones deportivas españolas.

En aras de intensificar la transparencia de los procesos electorales, se siguen reforzando las obligaciones adicionales en materia de publicidad y difusión de las convocatorias y la información electoral, utilizando para ello las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

Se lleva a cabo una modificación de determinadas cuestiones que afectan a la convocatoria de elecciones como el anuncio de ésta, así como una actualización de los medios para anunciarla y la eliminación de las agrupaciones de candidaturas.

Por último, y con carácter general, se modifican algunos artículos de la orden para incrementar la participación de los federados y las federadas en estos procesos electorales y en los órganos de gobierno que de ellos resulten.

VER ORDEN COMPLETA

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