CATALUNYA HABILITA A LAS ENT. DEPORTIVAS PARA UTILIZAR MEDIOS ELECTRÓNICOS
El decreto ley de modificación de la Ley del Deporte habilita legalmente a los órganos de gobierno de las entidades deportivas a utilizar medios electrónicos para su funcionamiento ordinario.
En lo que se refiere a las asambleas generales, el artículo 31 bis que se añade al Texto Único de la Ley del Deporte de Catalunya establece que podrán realizar a distancia en formato online, salvo que sean para:
- Modificar los estatutos y reglamentos de la entidad.
- Elegir los miembros de la junta directiva.
- Aprobar el voto de censura.
- Acordar la transformación, la fusión o la escisión de la entidad.
- Disolver la entidad.
En el siguiente puede consultar el decreto ley de MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL DEPORTE DE CATALUNYA